Recurre el accionante en suplicación frente a sentencia que le denegó el reconocimiento de Invalidez Permanente Total por agravación de la parcial que tenía reconocida. El recurso ha de fracasar, pues la valoración de la invalidez permanente ha de hacerse atendiendo fundamentalmente a las limitaciones funcionales derivadas de los padecimientos del trabajador, en cuanto tales restricciones son las que determinan la efectiva restricción de la capacidad de ganancia; y han de ponerse en relación las limitaciones funcionales resultantes con los requerimientos de las tareas que constituyen el núcleo de la concreta profesión. En el presente supuesto, de tal relación, no se deduce la inhabilitación del trabajador para realizar las tareas fundamentales de su profesión de albañil según los hechos obtenidos de dos medios de prueba, el informe de detectives y la testifical de quien elabora el informe.



